Educación, formación y sensibilización del público.
Al llevar a la práctica los compromisos a que se refiere el artículo 8, las Partes:
- Promoverán y facilitaran, según proceda, y según su capacidad respectiva:
- La elaboración y aplicación de programas de educación y sensibilización del público sobre el cambio climático y sus efectos, y los beneficios que traen para estos el uso de calentadores solares en Tejupilco.
- El acceso del público a la información sobre el cambio climático y sus efectos, así como de los calentadores solares.
- La participación del público (Tejupilquenses) en la realización de dicho proyecto.
- La elaboración y aplicación de encuestas, entrevistas y trabajo de investigación en Tejupilco en cuanto a la relación del cambio climático y los calentadores solares.